
No son solo datos referentes a dirección o teléfono, sino también a costumbres, gustos, etc. Todos estos datos pueden, como siempre, ser usados para fines ilícitos, como ser vendidos a terceros o emplearse para controlar o predecir nuestos comportamientos.
LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES.
Los datos personales forman parte de la intimidad de las personas.
En el mundo de las comunicaciones, debido a la rápida expansión, las leyes no han amparado suficientemente la intimidad de los usuarios, y estos a su vez, no han tenido una educación clara que les impida poder invadir la intimidad del prójimo.

No obstante y dado el carácter de globalizador, se hace necesaria la existencia de leyes
internacionales.
Normativa de la Unión Europea.
DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD.
Los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la invulnerabilidad del domicilio se recogen en la Ley Orgánica 10/1955, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Los principales delitos que se cometen a través de Internet son:
- La entrada en el disco duro de un ordenador sin permiso.
- El registro y el almacenamiento de datos sin consentimiento
- La transferencia de datos sin autorización.
- El empleo de una dirección IP asignada a otro ordenador.
- La interpretación de mensajes de correo electrónico.
- La suplantación de personalidad.
- El acoso electrónico.
- El uso indebido de directorios de correo electrónico o de listas de usuarios.

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